Cobertura en Medicamentos

Empadronamiento paciente crónico

Vademecum

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Medicamentos

¿De acuerdo a la prescripción médica, cuales son los pasos a seguir en cada caso?

Las prescripciones deben efectuarse en el recetario oficial que le otorga OSPLAD a sus afiliados en los diferentes Centros de Atención al Beneficiario. El profesional deberá consignar todos sus datos: fecha de prescripción, N° de afiliado, apellido y nombre, detalle de los medicamentos bajo el nombre genérico de la droga. La cantidad deberá estar escrita en números y letras, avalada con firma y sello con N° de matrícula del profesional y nombre de la institución a la que pertenece.

Para ver el Vademecum de medicamentos con la cobertura de cada caso,clic en el ícono.

Medicamentos ambulatorios (Cobertura del 40%) y Programa Materno infantil (Cobertura 100 %) del formulario terapéutico general:

Para la prescripción se deberá tener en cuenta los siguientes puntos:
• Cantidad de productos por receta: hasta dos (2) productos.
• Unidades por tamaño: un envase grande o mediano de un producto por receta, un envase chico o único de otro producto.
• Cuando el profesional no indique tamaño se expenderá el envase menor.
• Si el profesional equivocara la presentación se entregará el inmediato anterior.
• Antibióticos inyectables monodosis: hasta cinco (5) frascos ampollas por receta.
• Antibióticos inyectables multidósis: uno grande por receta.
• De prescribir más de un envase, deberá hacerlo en recetas sucesivas y por unidad con la leyenda "TRATAMIENTO PROLONGADO", de puño y letra del profesional. En todas las recetas deberá constar la misma FECHA DE PRESCRIPCIÓN.
• Las recetas tienen validez de 15 días corridos a partir de la prescripción.

Los medicamentos deben ser adquiridos exclusivamente en las farmacias que atiendan OSPLAD.

Para ir al buscador de Farmacias para su localidad,clic en el ícono.

Medicamentos para Patologías crónicas (Cobertura del 70%) del formulario terapéutico:

Los afiliados con medicación crónica deberán empadronarse por única vez o ante cambio de medicación.

Para descargar el formulario de empadronamiento:

GPM-0001-Empadronamiento-pacientes-crónicos-PMO

De la prescripción:

• El Profesional podrá prescribir hasta tres meses de tratamiento
• Cantidad de productos por receta: hasta cuatro (4) productos
• Unidades por tamaño: presentación equivalente a un mes de tratamiento.
• La receta tendrá una validez de 120 días a partir de la fecha de la prescripción.

Afiliados de CABA

Solicite a su médico que complete su planilla GPM-0001-Empadronamiento-pacientes-crónicos-PMO.
• Solicite al profesional que emita una receta RP con las dosis correspondientes, que deberá tener fecha de inicio y cierre (180 días).
• Envíe planilla por mail a:
autorizaciones@osplad.org.ar
• Una vez empadronado, se le enviará a su mail el voucher correspondiente.
• Deberá presentarse a la farmacia FARMANEXUS VII el voucher y copia de la receta RP en cada ocasión.

Medicamentos Cobertura del 100 %

Drogas Antihemofílicas

La Obra Social brinda cobertura del 100% en drogas antihemofílicas de acuerdo a las siguientes normas:
• El Beneficiario deberá iniciar la tramitación del expediente en el Centro de Atención al Beneficiario de su jurisdicción cumpliendo con las normas establecidas en la Res. 1561/12 SUR.

Requisitos para acceder a la autorización centralizada de los medicamentos:

El Beneficiario deberá presentar en el Centro de Atención al Beneficiario correspondiente:
• Historia clínica.
• Protocolo del tratamiento incluyendo dosis diaria y tiempo estimado del mismo.
• Consentimiento informado.

Para ver cómo autorizarlos por email, clic en el ícono.

Importante:

Recuerde que ante la prescripción de medicamentos por parte del especialista, la misma debe ajustarse a la Ley 25.649 de prescripción de medicamentos genéricos, indicando la droga y no la marca comercial del medicamento recetado.

Recetarios validos:

• Recetarios OSPLAD
• Recetarios de Servicio de Emergencias y Médico a domicilio de cartilla
• Recetarios HOSPITAL PÚBLICO